Criterio 5: Convenio de Estocolmo
Definición y referencia
Ingredientes activos de plaguicidas que figuran en el Convenio de Estocolmo en sus anexos A y B, y aquellos que cumplen todos los criterios establecidos en el párrafo 1 del anexo D del Convenio
Anexo A: Contaminantes orgánicos persistentes que deberán eliminarse
Anexo B: Contaminantes orgánicos persistentes (COP)
Anexo D: Criterios de selección de los COP
Procedimiento de identificación
Los plaguicidas que figuran en los anexos A y B se pueden encontrar fácilmente en el sitio web del Convenio de Estocolmo.
Si los plaguicidas cumplen los criterios de selección para los COP, como se definen en el anexo D del Convenio, tendrán que ser evaluado por los responsables de la reglamentación. Esos plaguicidas pueden no figurar (todavía) en los anexos A o B.
El instrumento de identificación de los PMP actualmente sólo incluye los parámetros que describen los criterios de persistencia y bioacumulación. No hay parámetros explícitos para el transporte a gran distancia y los efectos negativos se mencionan en el anexo D; son, en cierta medida, subjetivos. Por lo tanto, los dos últimos criterios no se han incluido en el instrumento de identificación de los PMP Los organismos reguladores tendrán que evaluar estos criterios.
Anexo D: Criterios de selección de los COP:
Persistencia Y | Bioacumulación Y |
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Potencial de transporte a gran distancia en el medio ambiente | Y efectos adversos |
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Fuentes de datos
Anexos A y B
Anexo D:
- Expediente de registro de plaguicidas
- Bases de datos fiables de propiedades de plaguicidas