Clasificación:
La clasificación de un país como de bajos ingresos y con déficit de alimentos, utilizada por la FAO con fines analíticos, se establece mediante la aplicación de tres criterios. Primero, el país debe tener un ingreso per cápita inferior al tope "histórico" utilizado por el Banco Mundial para determinar el derecho de recibir asistencia de la AIF y 20 años de plazo en los préstamos del BIRF, y se aplica a los países que figuran en las categorías I y II del Banco Mundial. El tope histórico del ingreso nacional bruto (INB) para 2006, basado en el método del Atlas del Banco Mundial, es de 1 735 USD, que es más elevado que el nivel establecido para 2005 (1 675 USD). El segundo criterio se basa en el promedio de la posición del comercio neto de alimentos (es decir, las importaciones brutas menos las exportaciones brutas) del país, correspondiente a los tres últimos años de los que hay estadísticas, en este caso de 2003 a 2005. Los volúmenes del comercio de una canasta general de alimentos básicos (cereales, raíces y tubérculos, leguminosas, oleaginosas y otros aceites distintos de los obtenidos de cultivos arbóreos, carne y lácteos) se convierten y suman de acuerdo al contenido de calorías de cada producto. En tercer lugar, se aplica el criterio de autoexclusión cuando los países que cumplen los dos criterios antes mencionados piden específicamente a la FAO quedar fuera de la lista de los PBIDA.
Para evitar que los países cambien con demasiada frecuencia su condición de PBIDA, comúnmente debido a crisis exógenas breves, en 2001 se introdujo otro factor, denominado "persistencia de la posición", que postergaría la "salida" de un PBIDA de la lista, no obstante que el país no cumpla el criterio de ingresos de los PBIDA o el criterio del déficit de alimentos, hasta que el cambio de su situación se verifique durante tres años consecutivos. En otras palabras, el país se quita de la lista al cuarto año, después de haber confirmado un mejoramiento sostenido en su posición durante tres años seguidos.
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